Circular en vehículos o encender sus motores cuando éstos expidan humo o ruido excesivos que causen molestias
Fundamento:
Artículo 54 Fracción XIII del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Mexicali, Baja California.
Sanción:
- Multa de 11 a 50 a UMA.
Autoridad:
Dirección de Seguridad Pública Municipal
Procedimiento:
Llama al 911, o Presenta denuncia por escrito en Calzada Héctor Terán Terán y Calzada Anáhuac 910 de la colonia Xochimilco.
Generar un reporte o llena el formato de denuncia para entregarlo a la autoridad correspondiente.