Quemar basura, neumáticos o cualquier otro objeto, material, desecho o residuo sólido en el interior de predios de su propiedad o que estén bajo su posesión, sin contar con la autorización de la autoridad municipal competente.

Fundamento:

Artículo 9 Inciso B) Fracción XII del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Mexicali, Baja California.

Sanción:

  • Apercibimiento
  • Multa de 41 a 200 UMA
  • Arresto hasta por 36 horas
  • Trabajo en favor de la comunidad

Autoridad:

Dirección de Seguridad Pública Municipal Procedimiento:  Llama al 911, o Presenta denuncia por escrito en Calzada Héctor Terán Terán y Calzada Anáhuac 910 de la colonia Xochimilco.

Generar un reporte o llena el formato de denuncia para entregarlo a la autoridad correspondiente.